La petrolera quedó habilitada para comprar y vender gas natural a productores, transportistas, distribuidores y grandes usuarios.
En Enargas estableció en 1997 el Registro de Comercializadores para todo aquel que, con excepción de las compañías distribuidoras o subdistribuidoras de gas por redes, efectúe transacciones de compraventa o compra y venta de gas natural o de su transporte, por sí o por cuenta y orden de terceros.
En este registro deben inscribirse todas las personas físicas o jurídicas que pretendan comercializar gas natural o su transporte en el Mercado de Gas Natural; así como los contratos bajo los que se realicen todas las transacciones de compra y venta.
A partir de su inscripción, Shell deberá, en un plazo de 30 días hábiles, registrar con carácter de Declaración Jurada todos los contratos que hayan suscripto con productores, transportistas, distribuidores y grandes usuarios.
La compañía anglo holandesa solicitó el ingreso al Registro en agosto de 2018, a través de su subsidiaria O&G Developments.
Fuente: Ambito