A la hora de operar a través de transferencias, es muy común sufrir retenciones y percepciones a cuenta de distintos tributos nacionales y provinciales.
Si bien la digitalización de la economía ha impulsado las transferencias y distintas operatorias online, muchas personas son reacias a recibir transferencias.
Esto se debe a que el banco les suele retener parte de los fondos a cuenta de algunos tributos como, por ejemplo, Ingresos Brutos, por lo que surge las dudas sobre a quién le corresponde “absorber” esas retenciones.
¿Quién paga impuesto de transferencia?
En primer lugar, es importante aclarar que las transferencias como tal no tienen un impuesto, sino que, según la situación de cada individuo, se pueden aplicar determinadas retenciones y/o percepciones.
Por ejemplo, un monotributista adherido al régimen unificado es muy poco probable que reciba algún descuento o percepción, mientras que el mismo contribuyente adherido al Convenio Multilateral sufrirá percepciones en tributos como, por ejemplo, Ingresos Brutos.
En este sentido, los “impuestos” siempre le corresponden a la persona que recibe la transferencia. Esto se basa en el supuesto de que si la transacción original, por ejemplo, la venta de un bien por parte de un comercio está alcanzada por un tributo, entonces este deberá abonar ese tributo independientemente del medio de pago con el que cobre.
Por el contrario, si la operación no está alcanzada, se podrá utilizar esos fondos como saldo a favor para el pago del tributo. Sin embargo, en la realidad, muchas veces se le suele recargar esos montos a la persona que transfiere el dinero, ya que a través de otros medios de pago como, por ejemplo, en efectivo, no suelen declarar la operación y, por ende, no abonan esos tributos.
ARCA retendrá dinero de las transferencias a los usuarios que incumplan ciertas normativas
El nuevo sistema de retenciones tendrá el fin de controlar las transacciones personales y generar un nuevo ingreso para las arcas gubernamentales. Dicha medida establece sanciones económicas que pueden incluir intereses resarcitorios, dificultades para acceder a determinados créditos e incluso la posibilidad de ser objeto de investigaciones fiscales.
Además de la retención sobre las transferencias, también se podrá sufrir incrementos en las retenciones de Ingresos Brutos que pasará del 1,5% al 5% para los contribuyentes incumplidores.
Este cambio representa un gran impacto para quienes operan por transferencia, pero lo hacen por fuera del sistema formal.
Para que el fisco no cobre a los usuarios este importe extra, estos deberán estar registrados en los regímenes tributarios de ARCA y presentar sus declaraciones juradas de los ingresos en tiempo y forma.
Por lo tanto, quienes cumplan con estos, el porcentaje habitual será del 1,5%, pero para quienes no lo hagan, el banco les podrá retener hasta un 5% de Ingresos Brutos.
Una de las sugerencias para evitar el incumplimiento, los contribuyentes deben tomar medidas preventivas como consultar con especialistas para verificar el estado fiscal de cada uno y regularizar la inscripción a los sistemas de ARCA.
De esta forma, ARCA se asegura que las transferencias no sean clasificadas como actividades no declaradas, por lo que el impuesto será más bajo. Asimismo, el organismo aconseja notificar al banco con suficiente antelación si la operación no tiene fines comerciales, debido a que las entidades clasifiquen correctamente las operaciones.
Esto último reduce considerablemente el riesgo de penalización. En el caso de ser operaciones entre cuentas propias, es recomendable confirmar el registro de ambas con el mismo nombre para evitar posibles errores.
Por lo tanto, para evitar problemas con ARCA, es importante tener en cuenta el perfil con las entidades que se opera y que las transferencias hagan sentido. Por último, siempre es aconsejable contar con documentación respaldatoria en caso de que surja algún problema o error.
Fuente: iProfesional