Si bien el Gobierno nacional no logró aún eliminar el sobrecosto en el precio de los combustibles, impone se informe qué y cuánto cobra cada municipio.
La Secretaría de Energía dispuso hoy que las estaciones de servicio deberán exhibir una leyenda que informe sobre las tasas viales y municipales que los gobiernos locales cobran sobre el precio del combustible.
Así lo hizo a partir de la resolución 259/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, en medio de la iniciativa que tiene el Ministerio de Economía de prohibir a los municipios el cobro de tasas municipales en las facturas de servicios públicos, en particular en los de gas y electricidad.
La medida que alcanza a los expendedores de combustible en las estaciones de servicio busca que “los consumidores tengan acceso a información cierta, clara y detallada sobre la carga tributaria que cobran los gobiernos locales sobre el precio de los combustibles”, indicó la Secretaría que conduce Eduardo Rodríguez Chirillo.
En tal sentido, en un plazo de 120 días y a los fines de facilitar a los consumidores el acceso a la información, los operadores de bocas de expendio en jurisdicciones cuyos municipios apliquen tasas viales o municipales sobre el precio de los combustibles sean líquidos o gaseosos, deberán exhibir en un lugar visible esa situación. Para eso deberán exponer un sticker con la leyenda: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”.
Allí, la autoridad de aplicación dispone del Módulo de Información de Precios y Volúmenes se Combustibles por Boca de Expendio, como parte integrante del Sistema de Información Federal de Combustibles, cuya administración está a cargo de la Subsecretaría de Combustibles Líquidos y debe ser actualizado por las empresas.
La tasa vial es un impuesto municipal que se aplica al consumo de combustibles para financiar el mantenimiento de las rutas y caminos. Sin embargo, el sector considera que esta tasa es inconstitucional y una doble imposición, ya que los combustibles ya están gravados por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC).
En general el gravamen es un porcentual sobre el precio libre de impuestos por cada litro de nafta o metro cúbico de GNC comercializado en las estacionesde cada distrito, en busca de equilibrar las finanzas comunales.
Entre las consecuencias señaladas por los estacioneros sobre la tasa vial se encuentran las asimetrías en los precios de los combustibles entre las bocas de expendio de diferentes municipios, la dificultad para reinvertir y la disparidad en los precios de los combustibles que afecta a los consumidores y empresarios.
La medida fue bien recibida por la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines (Cecha) que manifestó su viejo reclamo por el dictado de normas que permitan liberar a los clientes de las mentadas “tasas viales”, impuestas por varios municipios del conurbano bonaerense y de varias ciudades del interior del país.
“El dictado de la resolución de la Secretaría de Comercio 267 y ahora la Resolución 259 por parte de la Secretaría de Energía, resultan por demás auspiciosas y cuentan con el pleno y total acompañamiento de todo el sector de expendio de combustibles”, expresaron los estacioneros poco después de conocida la medida.
Para la entidad, más allá del tecnicismo legal, el reclamo busca “liberar a los usuarios de las comunas afectadas de esta carga, que fue distorsionada en perjuicio de los vecinos y que coloca como agentes de retención a través de los surtidores” a las estaciones de servicio. Y en el mismo sentido, reclaman que “los municipios utilicen sus propias facturas para el pago de servicios, como mecanismo natural para percibir las mentadas tasas”.
En mayo último, CECHA respaldó la intención del Gobierno de derogar la tasa vial sobre los combustibles y frenar la decisión de varios municipios de todo el país de aplicar una tasa vial sobre el precio en surtidores, por entender que se trataba de un “abuso“.
En la normativa, la resolución apela a la defensa de los derechos de los consumidores al precisar que el expendio de combustibles se encuentra actualmente gravado por distintos tributos, incluyendo impuestos nacionales y provinciales, gravámenes, cargos y tasas de carácter local, que inciden en el precio final pagadero por los consumidores finales.
Así, entre los mencionados tributos se encuentran las denominadas tasas municipales viales, de movilidad o de mantenimiento de redes viales, que en determinadas jurisdicciones resultan de novedosa aplicación, y cuya aplicabilidad conlleva un aumento de los precios de los combustibles.
Fuente: Mejor Energía