24/11/2024
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Tarifas de electricidad: suben precios mayoristas, ¿qué usuarios sentirán más el impacto en las facturas?

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Se ajustan precios del mercado mayorista electrónico, pero se mantendrá el subsidio vigente para los usuarios segmentados como Residenciales N2 y N3.

El Gobierno nacional aplicó un aumento de hasta 124% en el precio mayorista de la energía eléctrica entre el primero de febrero y el 30 de abril para los usuarios de altos ingresos como las empresas, industrias, comercios y los residenciales que renunciaron o no pidieron subsidio, que representan cerca de un tercio del total de los hogares. En tanto, se mantendrá el subsidio vigente al precio estacional para los segmentados como Residenciales N2 (ingresos bajos) y N3 (ingresos medios).

En concreto, la Secretaría de Energía dispuso la reprogramación de los precios estacionales de verano para los usuarios de energía eléctrica de altos ingresos comprendidos en el Nivel 1, con el propósito de “corregir progresivamente los desfases generados por 20 años de subsidios”, qué sólo en el sector representaron un déficit al Estado que estimó en u$s104.764,8 millones.

La medida se formalizó a través de la Resolución 7/2024, publicada en el Boletín Oficial, y mantiene los valores subsidiados para los usuarios de ingresos bajos (Nivel 2) y medios (Nivel 3) “para evitar impactos bruscos en los costos del servicio”. Esa medida se mantendrá “hasta tanto se ponga en vigencia el nuevo sistema de subsidios que considerará la capacidad de pago de cada consumidor”, una vez que se oficialice la Canasta Básica Energética.

Energía dispuso que para el período comprendido entre el primero de febrero y el 30 de abril se van a establecer nuevos Precios de Referencia de la Potencia (Potref), Precio Estabilizado de la Energía Eléctrica (PEE) y Precio Estabilizado del Transporte (PET).

De esta manera el precio Potref y el PEE sin subsidio para el Nivel 1 pasará a ser de $46,018 por kwh en hora pico (un aumento del 124,85% respecto de los valores vigentes entre noviembre de 2023 y enero de 2024), de $ 44,401 en hora resto (117,01%) y de $ 43,473 en hora valle (112,54%).

De esos porcentajes no puede inferirse un traslado determinado a la tarifa final, si se tiene en cuenta que aún faltan aprobar los ajustes al Valor Agregado de Distribución (VAD) y de transporte, luego de las audiencias realizadas por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) el 26 y el 29 de enero. Fuentes del sector estimaron que este aumento del precio mayorista tiene un impacto en la tarifa final de alrededor del 40%.

Emergencia eléctrica y tarifas

Vale recordar que a mediados de diciembre, el Gobierno decretó la emergencia eléctrica con el objetivo de comenzar el proceso de adecuación de las tarifas de luz y gas. Para el gas, el aumento se postergó hasta el mes de marzo pero se decidió avanzar con las tarifas eléctricas.

El documento recuerda la voluntad del gobierno de reducir el déficit fiscal y ordenar las cuentas públicas, y el sector energético “resulta central para la reversión de la situación de crisis que atraviesa el país”.

Por otra parte, recuerda que la quita pena del subsidio para los usuarios Nivel 1 (N1) se alcanzó en el trimestre mayo-julio de 2023, para los usuarios del Nivel 2 (N2) no hubo quita y para los del Nivel 3 (N3) sólo hubo una quita menor en febrero de 2023.

Tarifas de luz: cuáles son los criterios de la segmentación N1

De acuerdo al Decreto 332/2022, los Nivel 1 – Mayores Ingresos son aquellos usuarios y usuarias que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio, en virtud de reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando en su conjunto a los y las integrantes del hogar:

a. Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a TRES Y MEDIA (3,5) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.

b. Ser titulares de TRES (3) o más automóviles con antigüedad menor a CINCO (5) años.

c. Ser titulares de TRES (3) o más inmuebles

d. Ser titulares de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP

e. Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

 

Fuente: Ambito

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