Las refinerías tenían plazo hasta el 1 de enero de 2024 para mejorar los combustibles que comercializan en el mercado interno. Hasta cuándo se extendió
Con casi seis meses de antelación y tras chequear que las empresas no iban a poder cumplir con las disposiciones ambientales; la Secretaría de Energía que conduce la massista salteña Flava Royón decidió salir en auxilio de las petroleras con una medida que estira hasta fines de 2025 la exigencia de reducir el contenido máximo de azufre de los combustibles que se producen en las refinerías locales.
Por una reglamentación vigente que había sido aprobada en septiembre de 2019 por la administración de Mauricio Macri, las refinerías tenían plazo hasta el 1 de enero de 2024 para mejorar los estándares de calidad de las naftas y el gasoil que comercializan en el mercado interno.
Según los lineamientos fijados en esa norma, desde el primer día del próximo año el contenido máximo de azufre debería ser en el caso de Nafta Grado 2 de “cincuenta partes por millón” (50 ppm) y de “trescientas cincuenta partes millón (350 ppm) para el Gasoil Grado 2.
Al ver que no todas las plantas refinadoras iban a llegar a esa fecha con las obras e inversiones necesarias para poder cumplir con los nuevos lineamientos de calidad, las autoridades energéticas resolvieron extender el plazo por dos años.
Nuevo “período de transición”
Por medio de la resolución 492/2023, la Secretaría de Energía estableció un nuevo “período de transición” que llega hasta el 31 de diciembre de 2025 para que las empresas refinadoras puedan adecuarse a las especificaciones de calidad que fueron establecidas para la producción de combustibles.
Tras reconocer que “los bajos contenidos de azufre inciden directamente en un mayor rendimiento de los combustibles y reducen significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero”, la resolución de Energía destacó que “resulta necesario definir un mecanismo que permita asegurar las inversiones a los efectos de garantizar la producción local de combustibles bajo las especificaciones de calidad que fueron establecidas”.
Reconoció, además, que “de los informes elaborados por el área con competencia técnica en la materia, surge que las empresas deberían poder concluir las obras pendientes a fines de 2025″ y que resulta pertinente “establecer un esquema que permita efectuar un seguimiento pormenorizado respecto del grado de avance del programa de obras e inversiones asumidas por cada una de las refinerías”.
Cómo será el nuevo “mecanismo de transición gradual”
El nuevo “mecanismo de transición gradual” aprobado por el área energética funcionará de la siguiente manera:
- Las refinadoras que no se encuentren al día con las normas de mejora ambiental podrán diferir el plazo para cumplir con los estándares de calidad, siempre y cuando acrediten un grado de avance en las obras e inversiones destinadas a alcanzar la reducción del contenido máximo de azufre en los combustibles.
- La Secretaría de Energía evaluará el estado de situación de cada firma refinadora y fiscalizará el cumplimiento de las obras comprometidas, los avances alcanzados y los objetivos pendientes de cumplimiento.
- El período de transición tendrá vigencia hasta la fecha de adecuación autorizada para cada refinadora en particular, la que no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2025.
- Cada empresa deberá presentar un cronograma de obras, inversiones y fechas de estimación de hitos de adecuación que permitan alcanzar las especificaciones exigidas por la reglamentación vigente de manera gradual.
- A los efectos de evaluar el grado de cumplimiento de los hitos ya alcanzados, se tendrán en cuenta las inversiones y obras ya realizadas por las refinadoras en función de la adecuación de las especificaciones exigidas por la reglamentación vigente.
- De acuerdo con el grado de avance y afectación que se determine sobre el cronograma de obras y fechas de hitos de adecuación, los funcionarios de Energía fijarán para cada caso un nivel de permisividad temporal para el cumplimiento efectivo de las especificaciones elaboradas durante el proceso de transición.
- El incumplimiento total de los compromisos asumidos durante el período de transición dará lugar a la suspensión del diferimiento otorgado. Se entenderá por incumplimiento total la demora injustificada en el inicio de las obras y la paralización de las mismas durante un período de 90 días corridos.
- Las empresas que incumplan con las obras recibirán sanciones económicas y quedarán excluidas de los beneficios fiscales del “Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (RIAIC)”.
Según un relevamiento elaborado por los técnicos de la Subsecretaría de Hidrocarburos -que conduce el ex interventor del Enargas y actual tesorero del Instituto Patria, Federico Bernal-, la foto actual de la situación en que se encuentran las refinerías muestra que las únicas que cumplen con los estándares de calidad son las plantas de La Plata y Plaza Huincul de YPF y la ubicada en Campana de la empresa Axión Energy.
En tanto, las que están atrasadas y podrán utilizar el paraguas de estiramiento de los plazos que aprobó Energía son las refinerías de Luján de Cuyo (YPF), Dock Sud (Raizen), Bahía Blanca (Trafigura) y Colonia 25 de Mayo (RefiPampa).