25/11/2024
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Autorizan aumentos escalonados para el biodiésel hasta agosto

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La norma fija en $307.226 por tonelada el precio de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil para las operaciones correspondientes a este mes, al tiempo que también determina un valor de $ 318.455 para junio.

La Secretaría de Energía dispuso la actualización del precio del biodiesel desde este mes y hasta agosto próximo, a través de la resolución 324/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma fija en $307.226 por tonelada el precio de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil para las operaciones correspondientes a este mes, al tiempo que también determina un valor de $ 318.455 para junio próximo; $ 331.194 para julio; y $ 344.441 para agosto.

Los cuatro aumentos, de 4,34% en mayo, 3,65% en junio, 4% en julio y 3,99% en agosto, totalizan un incremento de 16,98% respecto al valor de abril establecido en $ 294.430.

La actual normativa determinó además que el plazo de pago de los biocombustibles no podrá exceder en ningún caso los 30 días corridos, a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

Energía destacó que “las políticas macroeconómicas y regímenes sectoriales específicos que continúan coadyuvando al impulso de la actividad agroindustrial y la generación de valor agregado en el territorio nacional, deben ser implementadas de forma tal de que el cumplimiento de las expectativas creadas en aquellos y el logro de sus objetivos sea llevado a cabo contemplando el interés común de la población”.

En consecuencia, indicó que eso “es coincidente con la política de desacople de los precios internacionales de los internos y con el objeto de cuidar los ingresos de los argentinos y las argentinas y de mantener un nivel de costos energéticos compatibles con el desenvolvimiento del sector productivo y de servicios de la economía nacional”.

En agosto se cumplirá un año desde que el Gobierno puso en vigencia el nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles, que regirá hasta 2030 a partir de la Ley 27.640 sancionada en julio de 2022, que dispuso nuevos parámetros de cortes obligatorios de naftas y gasoil, y creó la Comisión Especial para el desarrollo del sector.

El nuevo marco de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles reemplazó al que rigió durante 15 años, y que permitió un amplio desarrollo del sector en distintas provincias vinculadas con la producción de biodiesel y bioetanol a partir de las distintas materias primas.

El régimen de promoción de la producción y uso de los biocombustibles tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, y habilita al Poder Ejecutivo nacional extenderlo, por única vez, por cinco años más.

La continuidad del régimen de promoción buscó ajustar el modelo que permitió en 15 años contar con 54 plantas de producción en 10 provincias, agregando valor en origen, generando y sosteniendo economías regionales con más de 300.000 empleos directos e indirectos.

A tono con la ley, se determinó el procedimiento para la aplicación de un corte mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9% con la nafta, mientras que para el gasoil será de un 5%, con una eventual reducción al 3%.

En el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz.

 

Fuente: Ambito

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