Se trata del Beneficio Promocional de Certificado de Crédito Fiscal del Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energías Renovables. El monto pasó a $65 por vatio inyectado a la red.
Asimismo, se elevó el monto máximo a otorgar por este beneficio a cada usuario generador, de $3 millones a $4,5 millones.
La ley 27.424 tiene como objeto fijar las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución.
El Certificado de Crédito Fiscal se otorga a aquellas personas de las jurisdicciones que hubieran adherido íntegramente al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública, y que hayan obtenido el correspondiente Certificado de Usuario-Generador.
Por otra parte, la Secretaría de Energía prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 la fecha límite de las concesiones provisorias de 13 represas hidroeléctricas, localizadas en las provincias de Mendoza, San Juan, La Pampa y Jujuy.
La extensión de los permisos fue dispuesta a través de las resoluciones 534/2022, 535/2022, 536/2022, 537/2022, 538/2022, 539/2022, 541/2022, 542/2022, 543/2022, 544/2022, 545/2022, 546/2022 y 551/2022, publicadas hoy en el Boletín Oficial.
Las centrales comprendidas son las de San Martín, La Lujanita, Los Coroneles, El Carrizal, Cacheuta, Triple Salto Unificado, Canal Cacique Guaymallén, Tiburcio Benegas todas en la provincia de Mendoza; Salto de la Loma y Los Caracoles, en la San Juan; Casa de Piedra en la de La Pampa; y Reyes en la de Jujuy.
En todos los casos, se extendió las autorizaciones de las operaciones de todas las represas para que las empresas actúen como agentes generadores del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
Las renovaciones de estos permisos provisorios se autorizaron debido a que “aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336”, según indican los considerandos.
Fuente: Ambito