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Los estudios de abogados del Estado argentino y de la petrolera presentaron ayer sus respectivos escritos ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York.

 

El juicio por la expropiación de YPF tiene un nuevo capítulo en los tribunales de Estados Unidos. Los buffets de abogados del Estado argentino y de la petrolera presentaron ayer sus respectivos escritos ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York. Allí se lleva adelante la revisión de la sentencia en primera instancia que declaró inocente a YPF, pero falló en contra de la Argentina y la obligó a pagar una indemnización por US$16.100 millones más intereses.

La defensa argentina está liderada por el estudio jurídico Sullivan & Cromwell, mientras que YPF está defendida por Debevoise & Plimpton. Ambas partes siguen estrategias separadas. Mientras que el Estado Nacional busca revertir la sentencia en contra de primera instancia, YPF espera que se confirme que no tuvo responsabilidades durante el proceso de estatización del 51% de las acciones que estaban en manos de la española Repsol, en 2012.

“Esta Corte no debería tolerar una sentencia de US$16.100 millones contra un soberano extranjero basada en una interpretación errónea y sin precedentes del derecho público y privado de ese soberano por parte de un tribunal estadounidense que no debería haber escuchado estos casos completamente argentinos”, dice el duro escrito presentado por la defensa del Estado argentino, en el que se hace foco en los múltiples errores que se cometieron en el tribunal del Distrito Sur de Nueva York, a cargo de la jueza Loretta Preska.

“La asombrosa sentencia del tribunal de distrito representa una porción significativa del presupuesto fiscal de la Argentina, lo que afecta recursos que, de lo contrario, estarían comprometidos con importantes reformas económicas. Si un tribunal de otro país le diera a la ley estadounidense un trato similar al imponerle miles de millones (o, de manera análoga, billones) de dólares en responsabilidad contra el gobierno estadounidense, la reacción universal sería la incredulidad y la indignación. Este Tribunal debería revocar”, dice el escrito firmado por el abogado Robert J. Giuffra, Jr.

El argumento principal de la Argentina se centra en que el juicio nunca se tendría que haber realizado en las cortes de Estados Unidos, pese a que YPF es una empresa internacional que cotiza en la Bolsa de Nueva York.

Estos casos nunca debieron haber sido vistos en el tribunal de distrito. Los reclamos de los demandantes giran enteramente sobre (i) los estatutos de una empresa argentina, (ii) los actos soberanos de la República Argentina realizados en la Argentina, (iii) los derechos ejercidos únicamente bajo la ley argentina, y (iv) los valores que estos sofisticados demandantes compraron casi enteramente de vendedores no estadounidenses. Como resultado, esta Corte tiene ahora la poco envidiable tarea de actuar como una corte de apelaciones argentina”, dijeron.

El 7 de mayo de 2012 entró en vigencia en al Argentina la ley de Interés Público, que dejó el 51% de las acciones de YPF en poder de Repsol “sujetas a expropiación” y bajo “ocupación temporal” por el Estado argentinoEl 7 de mayo de 2012 entró en vigencia en al Argentina la ley de Interés Público, que dejó el 51% de las acciones de YPF en poder de Repsol “sujetas a expropiación” y bajo “ocupación temporal” por el Estado argentino.

Los fondos demandantes Burford Capital y Eton Park ganaron en primera instancia contra el Estado argentino al argumentar que el gobierno de Cristina Kirchner no lanzó una oferta pública de adquisición sobre el total de las acciones, como dice el estatuto de la petrolera, cuando expropió el 51% y tomó el control de la compañía. A YPF, en tanto, la acusaban de no haber obligado al Estado, como nuevo accionista, de hacer cumplir su estatuto.

Los distintos abogados de la Argentina dijeron que el derecho de expropiación está por encima de cualquier estatuto empresarial y que, en todo caso, el juicio debería llevarse a cabo en tribunales locales.

La defensa de YPF, por su parte, se centró en que la empresa no tiene responsabilidad en obligar a sus accionistas a hacer cumplir su estatuto. En primera instancia fue eximida y los fondos apelaron esta decisión.

“Los demandantes reconocieron que YPF no tenía obligación de hacer una oferta pública por sí misma, pero afirmaron que, como sociedad cuyos valores y estatutos estaban en cuestión, YPF también era financieramente responsable por el monto de la oferta ausente. El tribunal del distrito rechazó rotundamente y correctamente esa afirmación. Emitió sentencia a favor de YPF y en contra de los demandantes, desestimando a YPF del caso”, dice el escrito presentado ayer pro la petrolera.

“Los reclamos de los demandantes no tienen fundamento en los estatutos ni en la legislación argentina. YPF es la emisora de las acciones objeto de expropiación y el objeto de la supuesta toma de control, pero no tenía obligación de realizar, hacer cumplir, obligar o garantizar una oferta pública de adquisición, de imponer sanciones o de cualquier otro modo de interceder en las acciones en disputa. La compañía no garantiza las expectativas financieras de sus inversionistas y no es responsable de las acciones de los adquirentes de sus acciones. Sería totalmente sin precedentes y sería un completo desprecio de los conceptos básicos de la ley argentina responsabilizar a la compañía por estos hechos”, agregaron.

Los escritos presentados ayer son parte de un proceso largo que continuará hasta el 6 de septiembre, fecha límite para presentar los últimos escritos de cada parte. Según Sebastián Maril, economista director de Research for Traders, quien sigue de cerca los juicios contra la Argentina en el exterior, la Corte podría fallar recién entre fines del primer trimestre o principios del segundo trimestre de 2025.

Mientras tanto, hay otros tres procesos en paralelo que continúan para ejecutar la sentencia de primera instancia en las cortes de Estados Unidos (a cargo de la jueza Loretta Preska, del tribunal del Distrito Sur de Nueva York), en Inglaterra y en Irlanda.

Línea de tiempo

El 16 de abril de 2012, las acciones de YPF eran propiedad aproximadamente en un 57,5% de Repsol, un 25,5% de Petersen (una empresa constituida en España de propiedad de la familia Eskenazi) y un 17% de otros inversores minoritarios, incluido Eton Park, con una participación accionaria del 3%.

El 7 de mayo de 2012 entró en vigencia en al Argentina la ley de Interés Público, que dejó el 51% de las acciones de YPF en poder de Repsol “sujetas a expropiación” y bajo “ocupación temporal” por el Estado argentino.

En julio de 2012, Petersen se declaró en quiebra en España, tras haber incumplido en mayo de 2012 el pago de los préstamos que hicieron un pool de bancos europeos para financiar la compra de las acciones de YPF.

De vido y Kicillof en el plenario de comisiones del Senado que trató el proyecto de ley de expropiación de YPF, en 2012De vido y Kicillof en el plenario de comisiones del Senado que trató el proyecto de ley de expropiación de YPF, en 2012

En mayo de 2014, se completó la expropiación por parte de la Argentina del 51% de las acciones de YPF en poder de Repsol, luego de pagarle a la empresa española US$5000 millones en bonos soberanos.

El 4 de marzo de 2015, Petersen, extenedor de acciones de YPF, vendió todos los reclamos relacionados con la expropiación a Prospect Investments LLC, una subsidiaria de propiedad absoluta de Burford Capital LLC, que presenta los reclamos en nombre de Petersen, según se desprende del escrito que presentó ayer la petrolera.

Apenas un mes después, el 8 de abril de 2015, Petersen presentó una demanda contra la República e YPF por “incumplimiento anticipado de contrato, incumplimiento del deber implícito de buena fe y trato justo, e impedimento promisorio”. Y agregó: “Petersen alegó que YPF incumplió supuestas obligaciones de hacer cumplir las disposiciones de la oferta pública de adquisición y sanciones sobre las acciones adquiridas en violación de dichas disposiciones”.

En junio de 2015, Eton Park, otro extenedor de ADR de YPF, presentó demandas contra la República e YPF.

El 31 de mayo de 2023, la jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, culpó al Estado argentino, pero eximió de responsabilidades a YPF.

El 16 de septiembre de 2023, después de un proceso en que se analizó el monto de la indemnización, la jueza confirmó que la Argentina deberá pagar casi US$16.100 millones más intereses.

En febrero de 2024, el Estado argentino presentó en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York el primer escrito con los argumentos para que los jueces de segunda instancia revisen la sentencia de Preska.

 

 

Fuente: LN