No tener matafuegos en el vehículo, llevarlo vencido o sin carga suficiente puede ser motivo de multas de entre 30 unidades fijas y 100 unidades fijas
Uno de los elementos clave a la hora de andar en un auto es el matafuegos: se trata de un elemento indispensable que se debe controlar regularmente para así evitar ningún problema, incluyendo multas.
Según el decreto 779/1995, la Ley N° 24.449 indica que todos los vehículos que circulen por el territorio argentino deberán llevar un matafuego portátil de polvo ABC de un kilo. Deben estar fabricados, mantenidos y controlados la carga periódicamente conforme a las especificaciones de las normas IRAM.
Por eso, no tener matafuegos en el vehículo, llevarlo vencido o sin carga suficiente puede ocasionar multas de entre 30 unidades fijas y 100 unidades fijas, según el régimen de contravenciones y sanciones por faltas cometidas a la ley de tránsito.
En Buenos Aires, por ejemplo, una unidad equivale a $204,4, así que una multa por matafuegos vencidos puede llegar a $20.440.
Matafuegos: con estos ítems podés evitar una multa en el auto
Para no tener inconvenientes y que no nos cobren una multa, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Se debe controlar en forma regular la vigencia del matafuego. Si bien dura 20 años, hay que hacer un contro anual para ver que esté en condiciones. Inccluso hay que hacerlo aunque el manómetro (reloj indicador) marque que tiene carga y presión.
- Además de controlar su vigencia, se debe chequear periódicamente que posea la carga suficiente y la presión necesaria para que sea útil en caso de necesitarlo.
- Otro punto a tener en cuenta es que el matafuegos debe estar al alcance del conductor y con su sistema de aseguramiento. Siempre debe estar dentro del auto y, si es posible, bajo el asiento del acompañante y asegurado con el sistema correspondiente. De esta manera, siempre va a estar en el mismo lugar, sin importar si hay un choque con el vehículo. Siguiendo esta cuestión, está prohibiddo usar el sistema de abrazadera elástica para su sujeción.
Para los vehículos de Categorías M1 y N1, automóviles y camionetas, con peso bruto total hasta 1.500 kg, deberán llevar como mínimo un matafuego de 1 kg de capacidad nominal y potencial extintor de 3 B, con indicador de presión de carga.
Qué documentación llevar en un auto al salir a la ruta
Para evitar demoras, inconvenientes y hasta la retención del vehículo al salir a la ruta, es conveniente repasar qué documentos se requieren para circular por el país y qué elementos exige la ley nacional de tránsito (24.449) en resguardo de la seguridad vial.
Documentación obligatoria para circular:
- Licencia de conducir con fecha vigente (no pueda estar vencida). Tener en cuenta las prórrogas que se otorgaron en época de pandemia (hasta dos años). Se necesita llevar la versión física, en los controles policiales y de tránsito no alcanza con la versión digital y el conductor puede ser multado.
- Documento Nacional de Identidad. En los controles se acepta el DNI digital de la app Mi Argentina como alternativa al ejemplar en tarjeta.
- Cédula Verde o Azul. Si el que maneja es el titular del vehículo, deberá presentar la cédula verde. Si quien conduce no es titular, puede presentar la cédula verde del titular siempre y cuando no esté vencida. Si lo está, tiene que mostrar la cédula azul a su nombre.
- Verificación Técnica Vehicular o Revisión Técnica Obligatoria vigente según la zona del país donde esté radicado el vehículo.
- Comprobante de la póliza de seguro.Comprobante de pago de la patente automotor.
- Comprobante y oblea vigente para el caso de vehículos que posean GNC (Gas Natural Comprimido).
- Ambas chapas patentes colocadas de manera visible, sin alteraciones y en buen estado.
Para los vehículos radicados en CABA, provincia de Buenos Aires, Río Negro y San Juan se controlará el cumplimiento de la obligación de grabado de autopartes, dispuesto por las leyes locales.
Además de los papeles, hay diferentes elementos que son obligatorios para circular. Ellos son:
- Matafuegos bien sujetados al alcance del conductor y con control de carga. Tiene que estar vigente; la carga se renueva todos los años.
- Balizas portátiles.
- Si entre los pasajeros viajan niños o niñas de entre 0 y 10 años, por ley, deben estar sentados en un asiento especial homologado denominado Sistema de Retención Infantil. Hay diferentes tipos según el peso y edad del ocupante.
- Cinturones de seguridad. Debe haber uno por cada persona que viaje en el vehículo y estar en uso siempre.
- Espejos retrovisores. Se exige uno a cada costado del vehículo.
Fuente: Iprofesional