La secretaría que conduce Flavia Royón informó que pasará de 550 kw/h a 650 kw/h. Será para el período noviembre 2022-febrero 2023.
La Secretaría de Energía aclaró que “esta decisión se tomó porque, por las elevadas temperaturas en dicho periodo, el consumo es considerablemente mayor” en las provincias del Norte.
Las provincias beneficiadas
La decisión de Energía permitirá beneficiar a los ciudadanos que habitan las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa, Chaco, Catamarca, Santiago del Estero, Tucumán, Salta, Jujuy, La Rioja y San Juan.
El anuncio fue tomado a través de la resolución 719/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, en el que se aprobó la programación estacional del verano para Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y para el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF) para el período 1/11/2022 hasta 30/04/2023.
La norma estableció para ese período, los valores para el Precio de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEM, para las distribuidoras y/o prestadoras de energía eléctrica y que deberán aplicar en sus cuadros tarifarios.
A partir del 1 de noviembre, a los usuarios del nivel 3 (ingresos medios) se les aplicarán los precios PTREF y PEE para los consumos que excedan los 400kw/h por mes.
Si bien la norma en general precisa que quedan exceptuadas del tope de 400 Kw/h las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa, Chaco, Catamarca y La Rioja, donde el límite de consumo subsidiado será de 550KW/H.
El dato nuevo es que el tope será finalmente mayor, de 650 Kw/h entre los meses de noviembre 2022 y febrero de 2023, en las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa, Chaco, Catamarca, Santiago del Estero, Tucumán, Salta, Jujuy, La Rioja y San Juan.
En los considerandos de la medida se destaca que “el establecimiento de dicha medida tiene sustento en la solicitud efectuada conjuntamente por las provincias donde manifiestan, entre otras cuestiones, que las inclemencias climáticas propias del período estival y las altas temperaturas requieren un esfuerzo adicional para poder producir, paulatinamente, los cambios de hábitos de consumo y de instalación de electrodomésticos con la máxima eficiencia energética”.
Más adelante, la norma señala que “el Decreto N° 332/22 establece que los subsidios a la energía son una herramienta del Estado para el cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación y las políticas de segmentación permitirán identificar en forma más adecuada a distintos grupos de consumidores y consumidoras, en un marco de mayor equidad distributiva y justicia social”.
Finalmente, la resolución se apoya en que “los precios se encuentran subsidiados por el Estado Nacional de acuerdo con cada segmento de demanda, en mayor medida en el sector residencial y, con el objetivo de transparentar la aplicación de fondos públicos al costo de la energía, es necesario informar a los usuarios en su factura, el monto correspondiente al subsidio del Estado Nacional, visualizando claramente de esta forma el importe que debería abonar el usuario, de no existir el subsidio”.
Fuente: Ambito