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El formulario CETA debe presentarse cuando se realiza la transferencia de un auto con un valor superior a los $2.400.000. Paso a paso, cómo hacerlo

En el momento que se decide vender un auto o una moto usada, es cuando es necesario presentar el formulario CETA, ya que se solicita al realizar una transferencia.

Pedido por la AFIP, el formulario CETA es un certificado que deben presentar todas las personas físicas y jurídicas, así también como en sucesiones, ante la transferencia de autos y motos usados radicados en el país.

En cuanto a cuál es el monto mínimo para que exijan el formulario CETA, y que se debe adjuntar para hacer la transferencia, el valor es a partir de los 2.400.000 pesos.

El formulario CETA se puede completar por Internet.

El formulario CETA se puede completar por Internet.

 

Quien debe presentarlo es el titular del auto o moto que se tiene que vender, y el organismo que lo recibe es la AFIP.

¿Quiénes tienen que hacer el CETA?

 

Tal como explicamos, los vendedores de un auto o moto tienen que presentar el formulario CETA, que desde el 1 de mayo de 2022 alcanza a quien realice una operación igual o superior a $2.400.000. Ese precio de la unidad se determina de dos formas:

  • Cuando el precio pactado para la transferencia o;
  • Su valor según la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios para el cálculo de aranceles vigente a la fecha de obtención del CETA.

 

Tratándose de transferencias parciales de dominio, para hacer el formulario CETA debe considerarse el precio pactado para la misma o, en su caso, la proporción del valor obtenido de la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor -DNRPA-, que corresponda en función a la porción del bien que se transfiere.

Al momento de transferir un auto se debe hacer el formulario CETA.

Al momento de transferir un auto se debe hacer el formulario CETA.

 

En el caso de transferencias realizadas a título gratuito, la obligación de informar para hacer el formulario CETA se determinará conforme al valor utilizado por la citada Dirección Nacional, para el cálculo de los aranceles que resulten pertinentes.

Si el importe de la transferencia se hubiere pactado en moneda extranjera, deberá ser convertido a moneda local, a cuyo fin se considerara la cotización de la moneda de que se trate, al tipo de cambio comprador informado por el Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha del acto de transferencia, de forma tal que se determina si se necesita el formulario CETA.

Quiénes están exceptuados del formulario CETA

 

No todas las personas tienen que hacer el formulario CETA para presentar en AFIP, y entre los exceptuados se encuentran los siguientes casos:

  • Los Estados Nacional, Provinciales o Municipales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no necesitan formulario CETA.
  • Las misiones diplomáticas permanentes acreditadas ante el Estado Nacional, agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros.
  • Las instituciones religiosas comprendidas en el inciso e) del Artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

 

Dicha excepción de completar el formulario CETA también se aplicará -cualquiera sea el sujeto- en los casos de transferencias efectuadas a través de remates judiciales, sentencias o resoluciones judiciales.

Información para completar

 

Ante una transferencia, momento que se considera clave para saber cuándo es necesario presentar el formulario CETA, también se debe conocer la información a mencionar.

Formulario CETA: se completa a partir de los $2.400.000.

Formulario CETA: se completa a partir de los $2.400.000.

 

Entre los datos solicitados para completar el formulario CETA se encuentran los siguientes:

  • Identificación del bien mueble indicando en el formulario CETA, número de dominio, marca, modelo, fábrica y tipo conforme al siguiente detalle, de corresponder: auto, camionetas, rurales, jeeps, furgón, colectivo, ómnibus, Minibus/Microómnibus, camión, acoplado, semirremolque, motovehículos, casa rodante.
  • Precio, monto o importe de la transferencia.
  • Identificación del los transferentes, detallando apellidos y nombres o denominación, y porcentaje de titularidad del bien mueble registrable. De corresponder, también hay que indicar la existencia de condóminos informando el C.U.I.T., C.U.I.L. y/o C.D.I., y el porcentaje de titularidad de cada uno de ellos.
  • Porcentaje de dominio objeto de transferencia.
  • Identificación del o los adquirentes, detallando apellido y nombres, denominación o razón social, C.U.I.T., C.U.I.L. y/o C.D.I. y porcentaje de titularidad sobre el bien mueble registrable; de corresponder, indicar la existencia de condóminos adquirentes informando el N° de C.U.I.T., C.U.I.L. y/o C.D.I. y el porcentaje de titularidad de cada uno de ellos.
  • Consignar si se trata de transferencias preventivas Solicitud “Tipo 15 Cesión de Derechos” -cesiones de derechos a favor de compañías o entes aseguradores, en los casos de siniestros por robo o hurto del bien asegurado, también debe figurar en el formulario CETA.

Cómo se hace el formulario CETA

 

Otro dato para tener en cuenta es que el trámite del formulario CETA se puede realizar por Internet y es gratuito, pero de carácter obligatorio para poder concretar una transferencia. No es necesario imprimir el certificado para llevarlo al Registro Automotor.

En cuanto a las consultas, se puede hacer ingresando con “Clave Fiscal” al servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables – Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)” a la consulta “Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) generados” o bien, ingresando a una consulta sin clave fiscal, donde se deberá ingresar el dominio del automotor y el número de “Certificado de transferencia de automotores”.

Formulario CETA: se debe presentar en AFIP.

Formulario CETA: se debe presentar en AFIP.

En el caso de hacer el formulario CETA por Internet y sin clave fiscal, se debe:

  • Antes de hacer la transferencia del automotor o motovehículo, ingresar a la página de AFIP.
  • Completar los datos requeridos por el sistema y confirmá el proceso de carga.
  • Proporcionar un correo electrónico para recibir el resumen del trámite.
  • Cuando se reciba el resumen del trámite por correo electrónico, hacer clic en enter para aceptar. Finalmente, se valida todo el procedimiento.

Por Internet y con clave fiscal

Los representantes legales de sujetos residentes en el exterior sólo podrán hacerlo de esta forma:

  • Ingresar al sitio de AFIP con la clave fiscal.
  • Entrar al servicio Transferencia de Bienes Muebles Registrables – Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y completá los datos requeridos por el sistema.

 

Fuente: Iprofesional