El DNU crea el nuevo Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Hidrocarburos, que permitirá a las empresas operadoras acceder a un mayor volumen de dólares.
Según detalló el secretario de Energía, Darío Martínez, con el DNU “las empresas productoras accederán de manera automática a divisas para afrontar sus compromisos externos o cancelar obligaciones con empresas de servicios especiales, pero siempre en función de la producción incremental que cada una genere, lo cual implica directamente, un premio a la mayor inversión y el mayor esfuerzo”.
“Las petroleras deberán cumplir obligatoriamente con un régimen de Promoción del Empleo y el Trabajo y el desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales, que se establece en el propio DNU, y cuyo seguimiento y control estará en manos de una comisión integrada por las Organizaciones de Trabajadores y las Cámaras Pymes, Regionales, y Nacionales”, explicó el funcionario.
El acceso a divisas podrá ser destinado al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior, incluyendo pasivos con empresas vinculadas no residentes, utilidades y dividendos, y repatriación de inversiones directas de no residentes.
Para ello se establece “como Volumen de Producción Incremental Beneficiado (VPIB) y Volumen de Inyección Incremental Beneficiado (VIIB) al 20% de la producción incremental de crudo y al 30% de la producción incremental de gas natural que haya obtenido cada beneficiario”.
En la norma, se define como producción (inyección) incremental a la diferencia entre la producción efectiva de los últimos 12 meses y la línea base definida como el volumen obtenido por cada empresa en 2021.
Además, se obtendrán porcentajes adicionales por la cobertura del mercado interno, la reversión del declino técnico, la producción incremental en pozos de baja productividad, la contratación de empresas locales de servicios especiales y la inversión.