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El trámite tiene como objetivo regularizar el derecho de propiedad sobre las unidades que circulan sin estar registradas.

Este mes entró en vigencia el nuevo empadronamiento de motovehículos usados no registrados, con el objetivo de regularizar el alto porcentaje de unidades que no cuentan con la documentación necesaria para circular. Se podrá realizar por los próximos seis meses.

El reempadronamiento es para motovehículos usados no registrados que se hayan fabricado o importado hasta el 31 de diciembre de 2020. La categoría motovehículos comprende ciclomotores, motocicletas, motocarros (motocargas y motofurgones), motonetas, triciclos y cuatriciclos con motor.

“Está destinado a aquellos ciudadanos que encuentren imposibilitados de cumplir con el requisito de la inscripción inicial al no contar con la documentación necesaria”, explicaron desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), “advirtiendo que un alto porcentaje de los motovehículos fueron adquiridos para evitar el uso del transporte público durante la pandemia, especialmente en los estratos sociales más afectados”.

Reempadronamiento de motos: quiénes pueden hacerlo y hasta cuándo tienen tiempo

El arancel del trámite se especificó según el origen, la cilindrada y la energía de propulsión de los vehículos “a fin de brindar el marco económico que incentive a los usuarios a regularizar el derecho de propiedad sobre las unidades”, expresaron las autoridades.

Empadronamiento de motovehículos fabricados hasta 2009

Para solicitar la inscripción inicial de los motovehículos fabricados o importados hasta el 31 de diciembre de 2009 se deberá presentar la siguiente documentación.

  • Solicitud Tipo 05 Exclusiva para Motovehículos por triplicado.
  • Documentación que acredite el origen legítimo del bien. Podrá presentarse el comprobante de pago del impuesto a la radicación de automotores expedido a nombre del solicitante, recibos de boletos de compraventa y certificado de fabricación o de importación.
  • Declaración jurada avalada por dos testigos que legitimen la posesión del bien. Esto es sólo para motovehículos de hasta 250 centímetros cúbicos de cilindrada cuyos dueños no puedan justificar su origen.
  • Tres fotografías a color de las que surjan claramente las características físicas del motovehículo verificado que permitan determinar su cilindrada y año de fabricación. La foto 1 debe ser del motovehículo completo, la 2 de la identificación del cuadro y la 3 de la identificación del motor.
  • Certificación de Seguridad Vehicular. Sólo para cuando el peticionario no cuente con el certificado de origen o cuando el certificado de origen sea posterior al año 2002 y de éste no surja la correspondiente Licencia para Configuración de Modelo (LCM).
  • Declaración jurada del peticionario practicada ante el Encargado del Registro Seccional interviniente o ante un Escribano Público.

Empadronamiento de motovehículos fabricados entre 2010 y 2020

Para solicitar la inscripción inicial de los motovehículos fabricados o importados entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2020 se deberá presentar la siguiente documentación.

  • Solicitud Tipo 05 Exclusiva para Motovehículos por triplicado.
  • Verificación física especial del motovehículo practicada por planta habilitada, en la que se dejará expresa constancia del año de fabricación del mismo y de su cilindrada o potencia en watts según corresponda.
  • Tres fotografías a color de las que surjan claramente las características físicas del motovehículo verificado que permitan determinar su cilindrada y año de fabricación. La foto 1 debe ser del motovehículo completo, la 2 de la identificación del cuadro y la 3 de la identificación del motor.
  • Declaración jurada del peticionario practicada ante el Encargado del Registro Seccional interviniente o ante un Escribano Público.

En todos los casos la inscripción estará sujeta a condición resolutoria por el término de dos años. Se tendrá por cumplida la condición si dentro de ese período un tercero demostrare tener un mejor derecho sobre el bien, en cuyo caso y por orden judicial se dejará sin efecto la o las inscripciones practicadas.