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La ADI-NQN celebró la decisión de la Justicia y confirmó la vigencia del proyecto multipropósito Ing. Pedro Salvatori. Catalogó a los denunciantes como organizaciones “autodenominadas ambientalistas” y actores que “no pertenecen a la Villa del Nahueve”.

A poco más de tres semanas de que la Justicia rechazó el amparo que presentaron organizaciones ambientalistas para frenar la obra de la microcentral hidroeléctrica sobre el río Nahueve, la Agencia de Desarrollo de Inversiones de Neuquén (ADI-NQN) reafirmó la continuidad de la obra y les respondió a los denunciantes.

La resolución de la justicia neuquina habilita lícitamente a avanzar con la construcción de la represa, y desde la ADI-NQN siempre se garantizó el mínimo impacto ambiental según lo permitido, y optimizando los objetivos planteados en los fundamentos del proyecto, que beneficiará ampliamente el desarrollo socio-económico del área de influencia, con la generación de energía limpia y renovable”, señalaron de la agencia que preside José Brillo.

Las organizaciones ambientales denunciaron que la obra no tenía el Estudio de Impacto Ambiental, que no había sido consultada con los pobladores y que además perjudicaba la calidad de vida en lugar.

“Ante las recurrentes intervenciones de organizaciones autodenominadas ambientalistas, y actores que no pertenecen a la Villa del Nahueve, realizando denuncias contrarias al avance del proyecto de la microcentral, la ADI reitera una vez más que la obra se construye con total respeto de las normas ambientales vigentes, con las autorizaciones y estudios necesarios aprobados”, remarcaron desde la ADI.

El juez Carlos Choco del juzgado civil V de Chos Malal fue quien rechazó el amparo que presentaron las organizaciones ambientales y autorizó la continuidad de la obra.

No asiste razón para que se exija la suspensión de la obra del Aprovechamiento Multipropósito Nahueve basada en la falta de ejecución del Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto el mismo fue realizado”, señaló el juez en la resolución.

Además aseguró que se acreditó la realización una audiencia pública e indicó que es una “circunstancia que debilita la verosimilitud del derecho que se alegara al peticionar la medida”.

 

 

Fuente: Rio negro