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A través de la Resolución 383/2021 del Ministerio de Economía, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ejecutivo también limitó la tasa de interés que las prestadoras pueden cobrar a los usuarios en mora.

A través de la Resolución 383/2021 del Ministerio de Economía, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso que las empresas del servicio de gas deberán ofrecer a los usuarios un plan de facilidades de pagos de hasta 30 cuotas para saldar las deudas contraidas durante el período de emergencia económica y sanitaria generada por el coronavirus.

La iniciativa, firmada por el ministro Martín Guzmán, el Ejecutivo también limitó la tasa de interés que las prestadoras pueden cobrar a los usuarios en mora.

“Establécese que las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán otorgar a los usuarios y a las usuarias residenciales y no residenciales, planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, para cancelar las deudas que se hubieren generado” durante la emergencia económica, reza el artículo primero de la normativa.

Incluso le advierte a las empresas que “los intereses no podrán ser capitalizables”.

En el caso de los cliente no residenciales, el interés no podrá superar el 50 % de la tasa activa nominal anual de cartera general a 30 días del Banco Nación del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos.

“La falta de pago o mora de 3 cuotas consecutivas o 6 alternas, por parte de los usuarios que hayan adherido a un plan de facilidades en los términos previstos en la presente resolución, habilitará a las prestadoras al corte del suministro por falta de pago de facturas por servicio a dichos usuarios”, precisó el decreto.

 

 

Fuente: Ambito