El DNU 488/2020 que fijó un precio sostén quedaría sin efecto, si el precio internacional del crudo Brent sigue por arriba de u$s45 durante 10 días consecutivos. La medida impacta en las retenciones, regalías y compra de dólares.
El DNU 488/2020, que establecía el retorno del “barril criollo” hasta el 31 de diciembre para blindar empleos y mantener inversiones, también incluyó presiones si el valor del Brent superaba los u$s45 por 10 días consecutivos. En ese caso, la misma norma prevé una suspensión inmediata de la compensación:
“En caso de que, durante dicho período, la cotización del “ICE BRENT PRIMERA LÍNEA” superare los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y CINCO por barril (USD 45/bbl) durante DIEZ (10) días consecutivos, considerando para ello el promedio de las últimas CINCO (5) cotizaciones publicadas por el “PLATTS CRUDE MARKETWIRE” bajo el encabezado “Futures”, quedarán sin efecto las disposiciones del presente artículo”, sostiene el primer artículo del DNU 488.
Para las compañías superar los u$s45 por barril de petróleo no es solo una buena noticia para sus ventas. El DNU fijó que durante la vigencia del artículo 1° -que en este caso dejaría de tenerla en nueve días-, las empresas productoras no accederán al mercado de cambios para la formación de activos externos ni adquirirán títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia de custodia al exterior. Por lo tanto, en los próximos días las empresas podrían volver a dolarizar sus carteras.
Al mismo tiempo, si el DNU pierde vigencia las refinadoras y comercializadores podrán efectuar operaciones de importación de productos que se encuentren disponibles en el mercado internacional.
El artículo 4 del decreto anuncia una revisión trimestral del barril criollo, a cargo de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo. El texto sostiene que Matías Kulfas y Sergio Lanziani tiene la “facultad de modificar trimestralmente” el precio de petróleo crudo del “barrio criollo”, así como de revisar periódicamente el alcance de la medida dispuesta sobre la base de parámetros de volumen de producción y de niveles de actividad e inversión.
¿El barril criollo sube a u$s50?
En las últimas semanas Ámbito dio cuenta de que los gobernadores de provincias productoras se declararon en alerta por un menor cobro de regalías y reclamaron respetar precio sostén. Por cada barril que se vende en el país, las provincias perciben un porcentaje, y en los últimos tres meses de pandemia, no dejaron de cobrarlas, lo que alivia sus arcas y permiten avanzar con políticas de salud pública.
Pero ante algunos incumplimiento del precio a u$s45, los 10 distritos nucleados en la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (Ofephi) trabajan en un documento que releva el grado de cumplimiento del decreto, y allí se verá la realidad.
En Neuquén el gobierno de Omar Gutiérrez mensuró días atrás el monto estimado de regalías a reclamar por el menor precio, que es del orden de los $280 millones. En Santa Cruz, Chubut y La Pampa, también detectaron subfacturaciones y activaron reclamos judiciales.
¿Qué pasará con las retenciones cero a los hidrocarburos?
En el caso de las retenciones a los hidrocarburos, que el decreto las redujo a 0%, lo que provocó un fuerte incentivo para exportar productos de Vaca Muerta, el DNU 488 contempla un incremento progresivo en base al mejoramiento de los precios internacionales.
El artículo 7 habilita al Gobierno a evaluará las cotizaciones promedio de los días transcurridos del mes en curso y las comparará con la cotización promedio vigente. “Si entre ambas existiera una diferencia superior al 15%, fijará una nueva cotización (para las retenciones), la que será aplicable a partir del primer día hábil siguiente”, indica el DNU 488.
- Alícuota 0% rige en los casos que el Precio Internacional sea igual o inferior al Valor Base.
- Alícuota del 8% en los casos que el Precio Internacional sea igual o superior al Valor de Referencia.
En aquellos casos en que el Precio Internacional (PI) resulte superior al Valor Base e inferior al Valor de Referencia, la alícuota del tributo se determinará de acuerdo con una fórmula: cociente de (PI – VB (u$s45)) sobre (VR (u$s60) – Valor Base (u$45)), multiplicado por 8.
El “Precio Internacional (PI) lo define Energía y se obtiene del promedio del precio “ICE Brent primera línea” de las últimas 5 cotizaciones publicadas por el “Platts Crude Marketwire”, bajo el encabezado “Futures Settlements”.
¿Se viene un aumento de los precios de los combustibles?
Los actuales precios internacionales del petróleo también incentiva al descongelamiento del valor de los combustibles, frezados desde fines de 2019. Este miércoles, el presidente de YPF, Guillermo Nielsen, se mostró a favor de un incremento en los surtidores, aunque evitó entrar en detalles y zonas pantanosas, desde el punto de vista político. “El atraso en los precios de los combustibles es muy significativo”, reconoció en diálogo con Radio 10.
El ministro Kulfas pretendía sostener los precios de las naftas y gasoil congelados hasta octubre, pero en el sector no descartan una marcha atrás, con alguna liberación que ronde entre 5% y 10%. Lo que está confirmado es que hasta el 1 de octubre no se actualizarán los impuestos a los combustibles líquidos (ICL) y al dióxido de carbono (IDC).
En la misma línea, Ámbito reveló que los sindicatos petroleros comenzaron a dejar sin efecto los acuerdos de emergencia por la pandemia, que incluían suspensiones y recortes salariales de hasta 40%, y presionan por mejoras salariales. Más de 25.000 petroleros estuvieron en cuarentena y paralizados entre abril y mayo y los ingresos mermaron, aseguran. Se espera que con la lenta recuperación de la producción muchos volverán a su puestos en los próximos días. Todo indica que la nueva burbuja del petróleo está por reventar.
Fuente: Ambito