Podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones. Pero la atención por ventanilla quedará exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones
La semana que viene, del 13 al 17 de abril, los bancos volverán a abrir las puertas de sus sucursales para la atención al público, en el horario de 10 a 17. Sin embargo, habrá algunas limitaciones y restricciones, como solicitar un turno previo. La atención por ventanilla, en tanto, quedará exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones
Aquí las respuestas a las principales preguntas sobre quiénes podrán asistir y qué trámites y operaciones se podrán realizar:
¿Quién podrán concurrir a las sucursales?
Durante la semana del 13 al 17 de abril podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas.
¿Los jubilados pueden operar por ventanilla?
Sí. La atención por ventanilla queda exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones. Pero solo los días que indica el calendario de la Anses. Los jubilados o pensionados no necesitan turno, pero tienen que consultar las fechas de pago de Anses antes de acercarse a una sucursal.
¿En qué horario estarán abiertos los bancos?
El horario de atención será de 10 a 17 en la ciudad de Buenos Aires (CABA) y el Gran Buenos Aires (GBA). En otras jurisdicciones, se amplía dos horas luego del horario habitual del cierre.
¿Qué requisito se necesita para poder ir al banco?
Se debe sacar un turno por los canales que el banco ponga a disposición (el sitio web y otros). El banco otorgará un turno según el último número del DNI para las “personas humanas” (individuos, no empresas) o del dígito verificador CUIT para el caso de las “personas jurídicas”.
¿Qué día estarán habilitados para concurrir a una sucursal?
Se puede asistir solo con el turno y el día que sea asignado según la terminación del DNI (para personas humanas) o el dígito verificador (para personas jurídicas). El calendario es el siguiente:
El lunes 13, los terminados en 0 y 1.
El martes 14, los terminados en 2 y 3.
El miércoles 15, los terminados en 4 y 5.
El jueves 16, los terminados en 6 y 7.
El viernes 17, los terminados en 8 y 9.
¿A partir de cuándo se puede pedir el turno?
A partir del miércoles 8 de abril. Solo se podrá ir al banco si se cuenta con un turno previo.
Los jubilados o pensionados que van a hacer un trámite que no es cobrar la jubilación, ¿necesitan turno previo?
Sí, según el calendario estipulado por terminación de documentos de identidad.
¿Hay que tramitar un permiso para circular para acercarse a la sucursal?
El comprobante del turno gestionado previamente servirá como permiso de circulación y se solicitará para ingresar al banco.
¿Puedo ir al banco a abrir una cuenta bancaria?
Sí, pero primero hay que sacar un turno y reservar fecha para el día que corresponda.
¿Cuáles son las operaciones que no requieren atención por ventanilla?
Gestionar un préstamo, presentar documentación, ir a la caja de seguridad, hacer gestiones vinculadas a las cuentas, tanto para personas humanas como jurídicas. Para cualquiera de estos casos, se debe gestionar el turno de manera anticipada y respetar el cronograma establecido de fechas según DNI o CUIT.
Para retirar dinero del cajero automático, ¿se puede ir cualquier día?
Sí, se puede ir cualquier día y a cualquier hora, al que se encuentre más cerca del domicilio. Además, las operaciones por cajero automático no generan cargos ni comisiones, ni para clientes ni para aquellos que no sean clientes de la entidad financiera, hasta el 30 de junio.
También se puede retirar dinero en comercios o puntos de extracción adheridos, como supermercados o farmacias más cercanos.
Si no es cliente habitual del cajero automático más cercano al domicilio, ¿se puede retirar dinero igual?
Sí. Todas las personas humanas y jurídicas podrán efectuar extracciones de al menos $15.000 diarios, sin importar si son clientes o no de la entidad propietaria del dispositivo y la red que lo administra. No podrán cobrarse comisiones ni cargos en ningún caso.
¿Estarán abiertas las casas de cambio?
No. Las casas de cambio permanecerán cerradas para la atención al público presencial. No obstante, podrán operar en forma remota.
Fuente: Infobae